¿Qué  considerada  MINSALUD,  como enfermedad laboral?

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El Ministerio de Salud y Protección Social considera que la enfermedad laboral en Colombia está definida en el artículo 4 de la ley 1562 de 2012 como:
            “Enfermedad laboral. Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional será reconocida como enfermedad laboral, conforme a lo establecido en las normas legales vigentes."


Autor de la entrada: Andrea Suarez Luna (4)

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