Pago de incapacidad por enfermedad de origen común. Corte Constitucional. [Derecho Público]

la corte constitucional se ha pronunciado: una persona tiene que tener un reconocimiento y pago de incapacidad  por una orden de un medico estas ya sean de enfermedad común o laboral.
un juez de tutela debe buscar un responsable para el pago de este reconocimiento quien debe estar obligado a pagar la incapacidad y no poner en riesgo la integridad del trabajador y su familia.




Autora de la entrada : Yeimy Carolina Ahumada Pineda

https://youtu.be/XB7AyjyIgjQ

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